Tengo una copropiedad con un familiar en un terreno de 550 metros cuadrados. Cada quien construyó su casa independiente una de otra, pero existe sólo una escritura. Yo quiero vender mi parte, ya que tengo posibles compradores. ¿La venta la puedo realizar únicamente con un contrato de compraventa? Al copropietario no le interesa vender, ni comprar. ¿Hay que hacer una demanda para disolver la común? Yo sólo quiero vender así como están las cosas y darle la certeza al futuro comprador de que la compraventa es legal.
LA VENTA NO DEBE REALIZARSE “ÚNICAMENTE CON UN CONTRATO”. SE LA ANULARÍAN. PERO EXISTE UNA SOLUCIÓN.
Ser codueños o copropietarios, NO ES NINGÚN IMPEDIMENTO PARA VENDER. Sólo que se trata de una venta, digamos especial, en la cual usted, PRIMERO tiene que acudir ante un notario público o ante un juez, para pedir que le avisen a su primo (codueño o copropietario) que su deseo es vender la parte que de esa copropiedad, le pertenece, para que él, como codueño, tenga preferencia (la ley le llama derecho del tanto) y si quiere, pueda comprarla. Para decidir acerca de su derecho del tanto, la ley le concederá ocho días, y si expresa que no quiere comprar o deja de manifestarlo, entonces, usted podrá vender a cualquier (un tercero) otra persona.
Si no hace el aviso de venta, y la lleva a cabo (la venta), ESA VENTA SE ANULA (no tiene validez). Ahora, al hacer el aviso de venta, también debe expresar cuáles son las condiciones (precio, forma, fecha y lugar de pago, etc.) del contrato, y esas condiciones deben ser iguales para el caso de que un tercero quiera comprar, pues si a este último le da ventajas, ESA VENTA TAMBIÉN PUEDE ANULARSE.
Es por esto que te conviene asesorarte con profesionales en el ramo inmobiliario, ya que si no tomas en cuenta estas consideraciones, podrías llegar a perder tu patrimonio o tu dinero, por estas disposiciones especiales que marca La Ley, acércate a un asesor inmobiliario en Grupo Inmobi somos expertos.
Dela misma forma, si alguien te quiere vender una propiedad, y esta cuenta con mas de un dueño, debes asegurarte que a la hora de la firma del contrato compraventa, aparezcan los nombres de la totalidad de dueños y que estos, firmen el contrato compraventa y estén de a cuerdo en que la venta se lleve a cabo y que de la misma manera en que firmen el contrato compraventa, también deben firmar la venta ante Notario publico, ya que si no existe el consentimiento de alguno de los copropietarios, no podrás obtener tu escritura, «a no ser que alguno de los copropietarios, por cuestiones de fuerza mayor no pueda estar en la firma del contrato así como de la escritura pero en su lugar se presenta alguien en su nombre con un poder para actos de dominio de la propiedad en cuestión», que como lo hemos mencionado en artículos anteriores, es el único documento que te da la certeza jurídica de que tu eres el nuevo dueño de la propiedad que adquieras por medio de un contrato compraventa.
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