¿Sabes cómo se regula la compra-venta de bienes inmuebles en efectivo?
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita o también conocida como Ley Antilavado, establece un límite, y es clara al decir que se prohíbe el uso de efectivo por más de ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
Este umbral se puede consultar en el sistema del portal en internet “SPPLD”, establece que el límite para usar efectivo en una operación traslativa de dominio, lo es la cantidad de $678 032.25 pesos al dia de la publicacion del presente. El monto que exceda lo establecido por la ley deberá pagarse por medio de cheque o transferencia electrónica.
Mi recomendación es que Usted acuda al banco de su preferencia y aperture una cuenta, para en ella recibir una transferencia electrónica por parte del vendedor, o bien sea depositado el cheque con el que hayan de pagarle.
Vivimos tiempos distintos y nuestras legislaciones son muy cambiantes, como bien dice antes no tuvo “problemas” para realizar una operación similar, pero la diferencia es que a la fecha se encuentra vigente la Ley Antilavado y nos prohíbe el uso de efectivo hasta ciertas cantidades.
Como en cualquier legislación siempre hay una sanción en caso de incumplimiento. En caso de no acatar lo antes mencionado, la ley Anti-lavado considera una multa que va de los 2 mil a los 10 mil salarios mínimos. La única forma de exentar la pena económica es cumpliendo las obligaciones, paulatinamente luego de una verificación fiscal. El arrendamiento de bienes raíces también está regulada por la Ley Anti-lavado y el monto maximo permitido es de $271,212.90, equivalente a 1605 veces el salario minimo vigente a la fecha de publicacion del presente.